Directiva Hábitats España. Directiva 92/43/CEE - Hábitats de interés comunitario.

Medio natural y biodiversidad Legislación y normativa

El continente europeo cuenta con una riqueza biológica única, siendo los dos puntos calientes la cuenca del Mediterráneo y el Cáucaso. Para la protección y mantenimiento de la biodiversidad se creó la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre, siendo aplicable a todos los países pertenecientes a la UE.

Directiva 92/43/CEE. Objetivos y especificaciones para España

La Directiva Hábitats consta de dos objetivos principales: salvaguardar la biodiversidad en los Estados miembros a través de la conservación de los espacios naturales y de las especies silvestres de fauna y flora y crear una red de conservación de la biodiversidad, denominada “Red Natura 2000”, la cual consta de dos tipos de zonas, las ZEC (Zonas Especiales de Conservación) y las ZEPA (Zonas de Especial Protección para las Aves).

Establece además un sistema de protección global de las especies silvestres, incluyendo las especies de animales y plantas de interés comunitario que necesitan una protección estricta incluso fuera de la Red Natura. Regula también la explotación de especies silvestres e incluye también una lista de métodos y medios de sacrificio y captura prohibidos.

 

Los Arribes del Duero, Lugar de Importancia Comunitaria (LIC)

 

Aplicación en España de la Directiva Hábitats

La transposición de esta Directiva 92/43/CEE a la legislación española se realizó en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, la cual se inspira en varios principios establecidos en la Ley 33/2015. Esta modificación también incluye cambios en ciertos aspectos del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se han simplificado informes anuales sobre el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y se ha fijado que el propio Real Decreto apruebe el Plan Estratégico Estatal del Patrimonio natural y de la Biodiversidad el que determine su período de vigencia. En función de bienes y espacios a proteger y de los objetivos de gestión a cumplir, para los espacios naturales protegidos, se establece la siguiente clasificación: Parque Nacional, Parque Natural, Reserva Natural, Área Marina protegida, Monumento natural y Paisajes protegidos.

Red Natura en España

La Red Natura en España la forman 1.467 LIC (Lugares de Importancia Comunitaria) (algunos aprobados ya como Zonas de Especial Conservación ZEC) y por 664 ZEPA (Zonas de Especial Protección para las Aves), que comprenden alrededor de unos 210.000 km2, de los cuales el 27% corresponde a superficie terrestre y el 63% restante a superficie marina. A día de hoy, todavía se pueden apreciar insuficiencias representativas en diversos tipos de hábitats las cuales se deben de combatir añadiendo a la Red lugares que presenten estos entornos.

Por otro lado, el RD 139/2011, desarrolla el conocido listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas, incluyendo así las especies, subespecies o poblaciones que los integran.

La Directiva Hábitats se cierra con seis anexos, los cuales constan de varios listados, cubriendo hábitats el anexo I, y especies los anexos II, IV y V.

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