Resumen de la modificación de la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad

Legislación y normativa

El pasado martes 22 de septiembre se modificaba la actual Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (Ley 42/2007, de 13 de diciembre). La experiencia adquirida durante los años de aplicación de esta Ley, ha puesto de manifiesto la necesidad de mejorar ciertos aspectos de su aplicación, por lo que se modifica con este fin, especialmente en lo que se refiere a la gestión de los espacios protegidos. Desde EMBERIZA, como consultoría ambiental, queremos hacer nuestro propio resumen de esta norma:

Adecuarse a protocolos y normativa internacional

Las modificaciones que introduce la Ley van en la línea de adecuarse, por un lado, a lo dispuesto en la Convención de Naciones Unidas sobre el derecho del mar, de Montego Bay, de 10 de diciembre de 1982, y en el Protocolo de Nagoya sobre el acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización, así como perfeccionar la incorporación de la Directiva de Hábitats y de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (Directiva de Aves) en nuestro ordenamiento jurídico.

También se persigue incorporar en nuestro ordenamiento jurídico los principales objetivos de la Estrategia de la Unión Europea sobre la Biodiversidad hasta 2020.

Dos nuevos principios para la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad

Incluye 2 nuevos principios de la Ley que no se recogían con anterioridad: evitar la pérdida neta de biodiversidad y la prevención de los problemas consecuencia del cambio climático.

Aclarando competencias en el ámbito marino

A lo largo de toda la Ley se precisan las competencias que corresponden a la Administración General del Estado en lo relativo a la gestión del medio marino.

Como aspecto más destacado a este respecto indicar que el ejercicio de las funciones de esta Ley en lo que a biodiversidad marina corresponde es responsabilidad del Estado, salvo cuando exista continuidad ecológica del ecosistema marino con el espacio natural terrestre objeto de protección, en cuyo caso recaerá sobre las comunidades autónomas.

Simplificación de instrumentos

Otro de los objetivos que persigue la presente Ley es la simplificación y agilización de los instrumentos para el conocimiento y planificación del patrimonio natural y de la biodiversidad.

Se modifican ciertos aspectos del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se simplifican los Informes anuales sobre el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y se fija que el propio real decreto que apruebe el Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad el que determine su periodo de vigencia.

Infraestructura verde: mejora del capital natural de Europa

Se introduce la Estrategia estatal de infraestructura verde y de la conectividad y restauración ecológicas. A elaborar de forma conjunta por la Administración General del Estado y las comunidades autónomas, tendrá por objetivo marcar las directrices para la identificación y conservación de los elementos del territorio que componen la infraestructura verde del territorio español, terrestre y marino, y para que la planificación territorial y sectorial que realicen las Administraciones públicas permita y asegure la conectividad ecológica y la funcionalidad de los ecosistemas, la mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático, la desfragmentación de áreas estratégicas para la conectividad y la restauración de ecosistemas degradados.

Mejorando la Red Natura 2000

Por otro lado, la presente Ley tiene como objeto fundamental mejorar la gestión de los espacios protegidos Red Natura 2000, para garantizar su mejor protección y adecuación a los fines para los que han sido declarados.

A partir de ahora, las obras necesarias para la conservación y restauración de los espacios protegidos, para la conservación de especies amenazadas, o para la conservación de hábitats en peligro de desaparición, pueden ser declaradas de interés general del Estado. Así, se equipara el tratamiento de las obras de conservación y restauración de los espacios de la Red Natura 2000 y de las especies consideradas en situación crítica, a las obras que ejecuta la Administración General del Estado en otros ámbitos como el dominio público marítimo-terrestre o la ingeniería hidráulica.

Por otra parte, se incluyen una serie de medidas destinadas a fomentar el apoyo de las Administraciones públicas a las actividades económicas compatibles con la conservación de los espacios naturales protegidos que contribuyan al bienestar de las poblaciones locales y a la creación de empleo.

También se modifica el nuevo artículo relativo a la vigilancia y seguimiento de los espacios protegidos de la Red Natura 2000, con el fin de prever la aprobación de unas directrices comunes en cuanto a la metodología a aplicar en todo el territorio nacional para la vigilancia y seguimiento de los hábitats y especies de interés comunitario.

Información ambiental en el registro de la propiedad

Una de las novedades más importantes que introduce la Ley es la relativa a la incorporación de la información ambiental en el Registro de la Propiedad.

Con esta medida, se persigue dotar de mayor seguridad jurídica los aspectos relacionados con el régimen de propiedad de los espacios protegidos, por lo que la información perimetral referida a dichos espacios deberá tener su reflejo en dicho Registro. De la misma forma, también se prevé que el Catastro Inmobiliario tendrá acceso a dicha información ambiental de conformidad con su normativa reguladora.

Se prevé que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente mantendrá actualizado un servicio de mapas en línea, que permita identificar y delimitar los ámbitos espaciales protegidos, así como la importación de sus datos para ser contrastados con las fincas registrales en la aplicación gráfica del Sistema informático registral único. Se persigue, por tanto, instrumentar un mecanismo de publicidad que aumente la eficacia y aplicación de las normas reforzando la seguridad jurídica del tráfico inmobiliario.

Otras modificaciones

La Ley prevé otra serie de medidas destinadas a reforzar la responsabilidad de las Administraciones públicas en los que se refiere a conservación de la biodiversidad. Se refiere especialmente a importación de especies alóctonas, reintroducción de especies silvestres extinguidas, estrategias de conservación de especies amenazadas, especies exóticas invasoras, etc.

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